Todas las empresas que tengan sus centros de trabajo en territorio español (cualquiera que sea su tamaño y ubicación) y que deseen mejorar sus beneficios y maximizar el potencial del capital humano a través de una Formación Continua de Calidad.

Para disfrutar de las correspondientes bonificaciones se requiere por parte de las empresas:

  • Haber cumplido con el requisito de información a la representación legal de los trabajadores (si la hubiere).
  • Haber realizado la formación.

Trabajadores/as que pueden acceder al Sistema de Formación Continua Bonificada:

  • Trabajadores por cuenta ajena que prestan servicios en empresas privadas o entidades públicas empresariales y cotizan a la Seguridad Social en concepto de formación profesional.
  • Trabajadores fijos discontinuos en los periodos de no ocupación.
  • Trabajadores que accedan a la situación de desempleo cuando se encuentren en un período de formación.
  • Trabajadores acogidos a regulación de empleo.